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“Vulneración reiterada a los derechos de la familia constituida por un hombre y una mujer”

4 de agosto de 2015

En el marco de una audiencia pública de la Corte Constitucional, el pasado jueves 30 de julio, el alto consejero presidencial para los Derechos Humanos, Guillermo Rivera…

En el escrito, que fue radicado por el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, se pide que se "supere el déficit de protección" a las parejas gais y que les permita "formalizar su unión", "así como los jueces y notarios ante quienes se presenten, puedan acudir a un contrato análogo al del matrimonio civil vigente en el derecho colombiano, con todos sus efectos, incluída su denominación".

Frente a esta postura, el padre Mercado Cepeda recordó que la Corte Constitucional no tiene competencia para modificar la Constitución y pidió a los magistrados que más bien sean garantes y fieles intérpretes de la carta magna. El sacerdote manifestó que no existe una vulneración de los derechos de las parejas del mismo sexo, sino más bien una vulneración reiterada a los derechos de la familia constituida por un hombre y una mujer.

A continuación les compartimos la entrevista que el padre Pedro Mercado Cepeda,  concedió a comunicaciones del episcopado, sobre algunas opiniones de este tema.

El alto consejero Presidencial para los DDHH, Guillermo Rivera, asegura que las parejas del mismo sexo están en un estado de vulnerabilidad por no poder tener una unión a través de un contrato jurídico, equiparable al matrimonio heterosexual ¿qué opinión le merece esta postura?

La Corte Constitucional estableció que las parejas del mismo sexo pueden regularizar sus uniones a través de un contrato solemne ante jueces y notarios. Estableció que esas parejas tuvieran los mismos derechos sociales de una pareja unida en matrimonio o en unión permanente. La Corte dijo, incluso, que esas parejas constituían familia, cosa que no comparto. Yo no veo dónde está la vulneración a los derechos de las personas homosexuales en aquello que refiere a la regulación de sus uniones. Por el contrario, lo que existe es una vulneración reiterada de los derechos de la familia, cuya naturaleza jurídica ha venido siendo alterada por fuera de los cauces establecidos por la Constitución.

¿Qué opina de la postura del Gobierno expresada a través del Ministro del Interior, en el sentido de que mientras el Congreso aprueba el "matrimonio homosexual" se establezca temporalmente una figura transitoria que permita a las parejas del mismo sexo unirse legalmente y con los mismos derechos de las parejas heterosexuales; incluso que se les reconozca el término matrimonio?

La propuesta del Alto Consejero para los Derechos Humanos y del Ministro del Interior no tiene soporte legal ni constitucional. La Corte no puede hacer eso que ellos recomiendan. La Corte no puede suplantar al Congreso en sus funciones. No puede legislar. Me preocupa que se esté afectando, por insinuación de algunos funcionarios del Gobierno, el equilibrio de poderes establecido por la Constitución de 1991. Es un grave precedente.

Se insiste en que la Corte Constitucional es competente para tomar esta decisión. ¿Qué le diría Usted a los magistrados?

La Corte Constitucional no tiene competencia para modificar la Constitución. Debe ser su garante y su fiel intérprete. Tengo la impresión, sin embargo, de que la Corte ha venido extralimitando sus competencias, asumiendo facultades propias de otros poderes como es el caso del Congreso. En este caso particular, hago un llamado a los magistrados a ser responsables y a ejercer la ecuanimidad y la prudencia. Se pueden garantizar los derechos de los homosexuales sin necesidad de alterar la institución jurídica y natural del matrimonio y de la familia que la Constitución define como unión de hombre y mujer.

El alto consejero argumenta que, por ejemplo en EEUU, a las parejas del mismo sexo ya se les reconoce el derecho a casarse y que esto es un referente para nuestro país. ¿Usted qué opina?

Colombia es un Estado libre y soberano, tiene una Constitución, unas leyes, una realidad social y unos valores éticos y morales propios. La reciente decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos -muy discutida por cierto- no debe condicionarnos en modo alguno.

El mismo consejero y el Ministro del Interior también abogan por el derecho a la adopción por parte de parejas del mismo sexo. ¿Qué opinión le merece?

Creo que hemos sido lo suficientemente claros en el pasado. La adopción no es un derecho de los adoptantes. Su objetivo es garantizar los derechos prevalentes de los menores. La Corte no puede poner en riesgo su bienestar y su sano desarrollo. No puede experimentar con ellos. Los derechos de los niños y su bienestar deben primar sobre los eventuales intereses de los adoptantes.

 

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